TABLA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE AÑO GRAVABLE 2005
     
PORCENTAJE
RUBRO
CONCEPTO
BASE
MINIMA
PERSONA
JURIDICA
PERSONA
NATURAL
   Bienes Inmuebles
519.000 
3,5%
3,5%
Arrendamiento  Bienes Muebles
100% 
4,0%
4.0%
   Maquinaria para construccion
100% 
2,0%
2.0%
   En General
519.000
3,5%
3.5%
   Bienes Raices
519.000
1.0%
1.0%
Compra  Combustible
100%
0,1%
0.1%
   Productos o insumos agricolas o  pecuarios
1.759.000
1,5%
1.5%
   Vehiculos
519.000
1.0%
1.0%
   Contrato de Construccion
519.000
1.0%
1.0%
Contrato  Consultoria en Obras Publicas
100%
2.0%
2.0%
   Consultoria y Administracion Delegada
100%
11.0%
10% - 11.%
   Intereses y Corrección Monet de CDT  en UPAC
100%
7.0%
7.0%
Intereses  En cuentas de ahorros diferentes a  UPAC
1000 dia
7.0%
7.0%
   En cuentas de Ahorro UPAC (UVR)
300 dia
60.0%
60.0%
   Rendmtos F/ros a títulos con  descuento
1000 dia
7.0%
7.0%
Retención  Compra de Bienes
521.000
75.0%
75.0%
IVA  Servicios
74.000
75.0%
75.0%
   En General (*)
74.000
4.0%
4.0% - 6.0%
   Empresas de servicios temporales
74.000
2.0%
4.0% - 6.0%
Servicios  Empresas de vigilancia o aseo
74.000
3.0%
4.0% - 6.0%
   Restaurante, hotel y hospedaje
74.000
3.5%
3.5%
   Servicios Públicos
100%
2.5%
2.5%
   Nacional Carga (terrestre, aéreo,  marítimo)
74.000
1.0%
1.0%
   Nacional Pasajeros (terrestre)
519.000
3.5%
3.5%
Transporte  Nacional Pasajeros (aéreo, marítimo)
74.000
1.0%
1.0%
   Internacional Carga
74.000
1.0%
1.0%
   Internacional Pasajeros
519.000
3.5%
3.5%
   Dividendos Gravados
100%
35.0%
35.0%
   Honorarios y Comisiones
100%
11.0%
10% - 11.%
Otros  Impuesto de Timbre
60.142.000
1.5%
1.5%
Ingresos  Loterias, rifas, apuestas y similares
906.000
20.0%
20.0%
Tributarios  Mantenimiento o Reparacion de obras  civiles
100%
2.0%
2.0%
   Rendimientos Financieros (Intereses)
100%
7.0%
7.0%
   Otros Ingresos Tributarios
519.000
3.5%
3.5%
         
(*)

Tarifa de retención modificada por el D. 3110 del 23-Sep-2004.

 

Se aplicará la tarifa del 4% para los contribuyentes declarantes del impuesto de renta.

Para los contribuyentes no declarantes del impuesto sobre la renta se aplicará el 4% cuando por medio del contrato se determine que la persona natural recibirá en el año 2005 más de 63.660.000 a la firma o durante la vigencia del contrato.

Para los contribuyentes no declarantes del impuesto sobre la renta se aplicará el 6% cuando por medio del contrato se determine que la persona natural recibirá en el año 2005 menos de 63.660.000

Nota La sanción mínima para efectos de impuestos nacionales es de
$ 191.000



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