Para las entidades vigiladas por la Superintendencia de la Economía Solidaria que giren cheques con cargo a los recursos de una cuenta de ahorro perteneciente a un cliente, se considerará que constituye una sola operación el retiro en virtud del cual se expide el cheque y el pago del mismo.
Cada empleador podrá decidir el aumento del salario de sus trabajadores en lo que al sector privado concierne, y respecto a aquellos que devenguen un salario equivalente al mínimo legal, éste se actualizará automáticamente en forma anual, en una proporción no menor al incremento del Índice de Precios al Consumidor, según la jurisprudencia de la Corte Constitucional.
En este tipo de cooperativas la vinculación del trabajo personal y directo de los gestores se regula por lo previsto en las normas estatutarias y no por la legislación laboral que se aplica a los trabajadores dependientes.
En la disposición de recursos mediante tarjetas débito asociadas en las cuales los tarjetahabientes pueden hacer uso de los recursos de la cuenta corriente que la entidad tiene en una institución financiera, el gravamen se causa a cargo de la entidad titular de la cuenta al momento de la disposición de los recursos.