D I A R I O O F I C I A L N
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MINISTERIO DE HACIENDA
Y CRÉDITO PÚBLICO
DECRETO 3330
(septiembre
5 de 2008)
por el
cual se fijan las fechas de expedición de Títulos de Tesorería - TES Ley 546.
El
Presidente de
DECRETA:
Artículo
1°. Fechas de expedición de Títulos de Tesorería -TES- Ley 546. Para hacer
efectivo el pago de los alivios hipotecarios a las entidades acreedoras de
conformidad con
Parágrafo.
Para la expedición de los Títulos de Tesorería -TES- Ley 546 en las fechas
establecidas en el presente artículo, se aplicará el procedimiento previsto por
el artículo 3° del Decreto 249 de 2000 modificado parcialmente por el articulo
2° del Decreto 2221 de 2000.
Artículo
2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación
en el Diario Oficial.
Publíquese
y cúmplase.
Dado en
Bogotá, D. C., a 5 de septiembre de 2008.
ÁLVARO
URIBE VÉLEZ
El Ministro
de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.